Ordenanza nº1961
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.961
Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Dirección de Acción Social "Los Centros Sociales Descentralizados" del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.
Artículo 2º: Los principales objetivos del precitado proyecto de C.S.D. serán:
-Contribuir a mejorar el funcionamiento de la estructura institucional municipal consolidando su capacidad de propuesta y acción ante las demandas y necesidades sociales, mediante la creación de Centros de Servicios Sociales.
- Brindar capacitación, investigación y asistencia.
- Establecer una política de reconversión de la demanda.
- Establecer una política de reconversión de recursos ociosos sub-utilizados.
- Impulsar el asociacionismo social, la ayuda mutua, la cooperación, partiendo de la gente y del rescate de los sistemas de solidaridad e intercambio de los sectores sociales desposeídos.
Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a formar el convenio respectivo con el Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias que estime necesarias.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo propondrá las modificaciones y adecuaciones presupuestarias que estime necesarias para el funcionamiento de los C.S.D.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.