EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

 ORDENANZA Nº69

 

Corresponde a la Ordenanza General de Impuestos año 1949 (impresa en folleto).-

 

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

 ORDENANZA Nº70

 

Corresponde al Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos año 1949.- (Impresa en folleto).-

 

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
 
ORDENANZA Nº 71
 
 
Artículo 1º: Desígnase a las calles y avenidas de Ciudad Atlántida y sus prolongaciones en zo-    nas adyacentes, con números impares a partir del uno (1) y comenzando por la contigua a la zona ferroviaria de Almirante Solier y continuación por sus paralelas en orden correlativo, y con números pares, comenzando con el dos (2) por la calle que es prolongación de la Calle Sarmiento de Punta Alta y continuación con sus paralelas en el mismo orden.
 
Artículo 2º: Además de la nomenclatura establecida en el Artículo anterior, se podrán dar a esas calles nombres de próceres, etc. en la forma que sea de Ley y en todos los casos mediante Ordenanzas de este Honorable Cuerpo.
 
Artículo 3º: Por lo previsto en el Artículo 2º, desígnase con los nombres siguientes a las calles y  avenidas: Números  1, Leandro N. Alem; 3, Gral. Alvear; 5, Belgrano; 7, José Ingenieros; 9 Hipólito Irigoyen; 11, Capitán de Navío Félix Dufourq; 14, Libertad; 16, Florida; 18, España; 20, González Fernández; 22, Saavedra; 24, Dorrego; 26, Estomba; 28, Chacabuco; 30, 4 de Junio; 32, Maipú; 34, Tucumán; 36, General Pico; 38, Mariano Moreno; 40, Córdoba; 42, Sargento Cabral; 44, Falucho.
 
Artículo 4º: Facúltase al D.E. para aceptar que la Sociedad de Fomento y Cultura de Ciudad       Atlántida y las que pudieran constituirse, tomen a su cargo bajo la dirección Municipal, los trabajos que ocasione la aplicación de esta Ordenanza.
 
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
 
 
DADA EL 19/01/49.
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 25/49.
 

 

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

 ORDENANZA Nº73

 

Concede autorizaciones a distintas empresa de transporte de pasajeros, para efectuar el servicio entre la ciudad de Punta Alta y el Balneario de Arroyo Parejas.-

 

Dada 19/1/49

res 31/49 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº72

 

Autorizando al D.E a hacer entrega de la cantidad de $ 150 (pesos ciento cincuenta moneda nacional) a Comisión de Vecinos.-

 

Dada el 19/1/49.-

res 24/49

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
 
ORDENANZA Nº 76
 
 
Artículo 1º: Créase el Boletín Municipal del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, para la publicación de las Ordenanzas y Resoluciones del Honorable Concejo Deliberante, movimiento del Departamento Ejecutivo y balances mensuales.
 
Artículo 2º: En el primer número se incluirán todas las Ordenanzas sancionadas hasta la fecha.
 
Artículo 3º: La publicación del Boletín Municipal, será trimestral y se distribuirá gratuitamente a los vecinos previa solicitud al Departamento Ejecutivo.
 
Artículo 4º: Los gastos que origine la publicación del Boletín Municipal, serán imputados al Inciso I Item 19 Departamento Ejecutivo del Presupuesto de Gastos, para el año 1949 y en años sucesivos de las partidas que se fijen para publicaciones y avisos.
 
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
 
 
DADA EL 19/01/49.
PROMULGADA POR RESOLUCION 28/49