EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 535

 
Otorgando al Sr. Intendente Municipal, licencia.

SANCIONADA EL 08/03/62.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

DECRETO-ORDENANZA Nº 99


Artículo 1º: Impónese el nombre de "Armada Argentina" a la Plaza Municipal ubicada en la Manzana M circundada por las calles Presidente Roca, 25 de Mayo, Islas Orcadas y Ushuaia en el Barrio Gottling de la Ciudad de Punta Alta, Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

CONVALIDADO POR DECRETO Nº 1302 DEL 17/5/62.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

DECRETO-ORDENANZA Nº 109


Artículo 1º: A partir del 1º de Setiembre de 1962, el tránsito de vehículos en general se realizará por una sola mano en las siguientes calles de la ciudad: Av. Colón, desde Quintana a Villanueva; Humberto 1º, desde Villanueva a Quintana; Presidente Roca desde Quintana a Villanueva; 25 de Mayo desde Villanueva a Patagones; JJ Paso desde Patagones a Villanueva; Brown desde Villanueva a Patagones; Murature desde Patagones a Villanueva; Espora desde Villanueva a Patagones; Buchardo desde San Martín a Rosales; Avellaneda desde Rosales a Pellegrini; Pueyrredón desde 9 de julio a Rosales; Rodriguez Peña, desde Bdo de Irigoyen a Pellegrini; Uriburu desde Pellegrini a Bdo de Irigoyen; Alberdi desde Av. Colón a Espora; Rosales desde Pueyrredón a Av. Colón; Urquiza desde Av. Colón a Pueyrredón; Bdo de Irigoyen desde Uriburu a Av. Colón; Rivadavia, desde Av. Colón a Uriburu; Mitre desde Uriburu a Av. Colón; Ing. Luiggi desde Colón a Uriburu; Pellegrini desde Uriburu a Av. Colón; San Martín desde Av. Colón a Buchardo; 11 de Setiembre desde Espora a Av. Colón; Patagones desde Av. Colón a Espora; y Quintana desde Roca a Av. Colón.

Artículo 2º: Las infracciones a las disposiciones del Artículo nº1, serán penadas de conformidad a las multas que fije el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a invertir la cantidad de (m$n 15.000,00) quince mil pesos moneda nacional, para la colocación de chapas murales indicadoras del sentido del tránsito en la ciudad.

Artículo 4º: El importe necesario para dar cumplimiento al Artículo anterior, será tomado del Cap. II Inciso II Item 10 del Presupuesto de Gastos Vigente.

Artículo 5º: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

Artículo 6º: De forma.

 

Convalidado por Decreto nº 6736/62