EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº366

 

Artículo 1º: Refuérzase en la suma de Dos Mil Pesos Moneda Nacional hasta el fin del corriente año, del Capítulo II, inciso II, ítem VIII, fiestas públicas del presupuesto de gastos vigente.-

Artículo 2º: El importe de referencia será tomado del Capítulo II, inciso II, Item VI, publicaciones del presupuesto de gastos vigente.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 10/9/59.-

res 227

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 384

 

Establece que el personal jornalizado de la Municipalidad tendrá derecho a la percepción de sus haberes en los días feriados que detalla: 1º de Mayo, 25 de Mayo, 20 de Junio, 2 de Julio, 9 de Julio, 17 de Agosto, 12de Octubre y 25 de Diciembre.-

 

Dada 4/11/59.-

res 277

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº367

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a crear en el  Presupuestos de Gastos Vigente, en el capítulo II – Inciso III Deuda Pública e Item 4 servicio empréstito Decreto Ley 14.266/57, por la suma de dieciocho mil Pesos Moneda Nacional de Curso Legal, para atender los servicios de intereses y amortizaciones, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º del citado Decreto, préstamo acordado por el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos  Aires, con destino al pago de salarios mínimos al personal de esta comuna en los años 1956 y 1957.-

Artículo 2º: El importe necesario para dar cumplimiento al Artículo anterior se tomará del ítem 6, Publicaciones del Capítulo II, Inciso II del Presupuesto de Gastos Vigentes.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada  10/9/59.-

res 229

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº370

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a eximir e los impuestos municipales que gravan la propiedad ubicada en la calle 25 de Mayo Nº 1159 de esta ciudad, registrada bajo el folio Nº 3649 Quinta Nº 27 Manzana C.D., lote Nº 24, durante el año 1959.-

Artículo2º: Por intermedio de la contaduría se procederá al reintegro de los aportes abonados por el propietario en concepto de impuestos municipales por el corriente año y según las constancias que obran en boleta Nº3991. S. Pública, de fecha 11/3/59.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 24/9/59.-

res 240

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 386

 

Autoriza al D.E a reforzar partida “Adquisiciones Generales” del Presupuesto de Gastos Vigente, en la suma de trece mil quinientos cuarenta y un Pesos Moneda Nacional.-

 

Dada 4/11/59.-

res 279

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 371

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a eximir de los impuestos municipales que gravan los lotes de terreno propiedad de la Sociedad e Fomento “Barrio Parque San Martín”, ubicados en la manzana C, Quinta Nº 23, registrados con los números 12 y 13 respectivamente, durante el año 1959.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 24/9/59.-

res 241