EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 381

 

Artículo 1º: Modificase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 360/59, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Los gastos que demande la presente se tomarán de la Cuenta Asistencia Social”, Capítulo II, Inciso II, Item 14, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 4/11/59.-

res 274

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº382

 

Artículo 1º: Modificase el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 369/59, el que quedará redactado de la siguiente forma: “El importe de referencia será tomado de la cuenta: “ Construcción y Ampliación de Obras Públicas y edificios”, Capítulo II, Inciso IV, Item 1, del Presupuesto de Gastos Vigente y transferido al Capítulo II, Inciso III, Item 3 “Deuda Atrasada”.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 4/11/59.-

res 275

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 385

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a hacer entrega de la cantidad de Mil Setecientos Cuarenta Pesos Moneda Nacional, a la “Comisión Pro-Rectificación de los Nuevos Gravámenes dispuestos dispuestos para la habilitación del Servicio de Gas y Super Gas”, en calidad de subsidio, por una sola vez, sin que implique sentar precedentes.

Artículo 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior , serán tomados del Capítulo II, Inciso II, Item 2, Partida 1, “Subsidio a Instituciones” del Presupuesto de Gastos Vigente.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 4/11/59.-

res 278

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 387

 

Autoriza al D.E diversos subsidios según se detalla:

·         A la Biblioteca Popular J. B. Alberdi por Cincuenta mil Pesos Moneda Nacional.-

·         A la comisión Pro Financiación de Próximo Certamen Regional Masculino de Basquet- Ball de Punta Alta, por Ocho mil pesos Moneda Nacional.-

 

Dada 4/11/59.-

res 282

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 388

 

Autoriza a transferir en carácter de donación al Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, Dirección de Obras Sanitarias, una fracción de terreno destinada a la Instalación  de una cisterna que prevea al mejoramiento de la distribución de agua en la ciudad.

 

Dada 4/11/59.-

res 282