EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº362

 

Artículo 1º: Establécese estacionamiento en una sola mano a lo largo de la calle Alvear entre Florida y Moreno, permitiéndose  sobre la acera de la numeración par únicamente, con excepción de los vehículos afectados al transporte de pasajeros, en la circunstancia de ascenso y descenso de pasajeros.-

Artículo 2º: Las infracciones a la presente ordenanza serán penadas con acuerdo a las sanciones del Código de Tránsito.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 29/7/59.-

res 202

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº374 

 

Modifica el presupuesto de gastos vigente, en el capítulo “Adquisición de Muebles y Utiles” aumentándolo en cinco mil Pesos Moneda Nacional.-

 

Dada  21/10/59.-

res 258

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº363

 

Artículo 1º: A partir del 1º de Septiembre de 1959, todos los talleres e industrias del Partido de Coronel Rosales que ocupan personal obrero que realice tareas declaradas insalubres o de algún riesgo para la integridad física, deberá instalar un botiquín sanitario con elementos de primeros auxilios.-

Artículo 2º: El incumplimiento de lo estipulado en el artículo 1º será multado con las sumas de cien a quinientos Pesos Moneda Nacional.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 29/7/59.-

res 203

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 379

 

Autoriza al D.E a abonar deudas correspondientes a ejercicios vencidos.-

 

Dada 4/11/59.-

res 272

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº365

 

Declarase de utilidad pública y sujeto de expropiación, para la obra ampliación de calle Espora entre las calles Pellegrini y San Martín, la franja de terreno de 10 metros de frente por calle Espora por 7.60 metros,  lo que hace un total de 76 metros cuadrados del  lote Nº2 Manzana C de la Quinta 25 del ejido de Punta Alta, propiedad del Sr. Juan Aquila.-

 

Dada 10/9/59.-

res 226

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº383

 

Modifica la Ordenanza  Nº 208/52, relacionada con el abono de las Bonificaciones por Antigüedad y Salario Familiar al Personal Municipal.-

 

Dada 4/11/59.-

res 276