EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 288


Artículo 1º: Desígnase con el nombre de "Rastreador Fournier" a la calle cortada sita en la          Quinta 22 Manzana "C" de esta ciudad.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 358 DEL 12/09/58.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº279

 

Artículo nº1: Modificase la Resolución nº 94/57 que establece el 4º radio y subsiguientes para las construcciones del tipo denominado “Proyecto Normalizado” mediante el sistema de Créditos otorgados por el Banco Hipotecario Nacional, en la forma que se indica en el artículo 2º de la presente Ordenanza.

Artículo nº2: Establecese como zona permitida para la construcción de viviendas del tipo denominado “Proyecto Normalizado” la correspondiente al exterior del siguiente perímetro: Av. Colón desde Quintana a Villanueva, Villanueva desde Colón a Buchardo, Buchardo desde Rosales a Pueyrredón, Pueyrredón desde Rosales a Bdo. de Irigoyen , Bdo. de Irigoyen  desde Pueyrredón  a Estrada, Estrada desde la vía del Ferrocarril Nacional a 9 de Julio, 9 de Julio desde Estrada a Buchardo, Buchardo desde 9 de Julio a Quintana y Quintana desde Buchardo a Av. Colón.

Artículo nº3: Las construcciones que se ejecuten fuera de la zona mencionada, deberán cumplir con la altura de locales que establece el Reglamento General de Construcciones.

Artículo nº4: De forma.

 

Promulgada por Resolución nº 296 del 23/7/58

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº281

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a adjudicar la ejecución de las “Obras Complementarias de Desagües Pluviales en Punta Alta (Ciudad Atlántida)”, a la Empresa Lacimen S.R.L, con domicilio legal en calle Villanueva 656 de la ciudad de Punta Alta.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 5/8/58.-

Res. 05/08/58

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº290

 

Ratifica la adhesión de la M.C.R, al régimen establecido por el decreto ley 3982 de la Intervención Provincial Bonaerense. Crea la Secretaria Municipal de Asistencia Social, el cuerpo técnico de dicha secretaria y el Consejo Asesor de la misma.-

 

Dada 5/9/58.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº282

 

Artículo nº1: Autorizase al D.E. a establecer un convenio para el pago en cuotas trimestrales, con los contribuyentes que lo solicitaren, de las deudas por conceptos de patentes e impuestos municipales, correspondientes a ejercicio anteriores y el actual; los que serán unificados y abonados en las siguientes condiciones:

a)    Pago en ocho (8) cuotas trimestrales uniformes, cuando el monto exceda de pesos 1.200. (mil doscientos pesos moneda nacional).

b)    Pago en cuatro (4) cuotas uniformes trimestrales, cuando el monto sea inferior al monto indicado en a)

Artículo nº2: Se acuerda un plazo hasta el 30 de septiembre de 1958, para el acogimiento a los beneficios indicados.

Artículo nº3: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

Artículo nº4: De forma.

 

Promulgada por resolución nº 341 del 02/09/58

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

 Ordenanza nº 284

 

Artículo nº1: Apruebase el plan de trabajos presentado por el Departamento Ejecutivo, para el mejoramiento del camino de acceso a Villa del Mar.

Artículo nº2: La inversión de hasta pesos 40.000 (cuarenta mil pesos moneda nacional), para los trabajos indicados en el Artículo nº1, será tomada de la cuota asignada en Coparticipación Vial Municipal.

Artículo nº3: De forma

 

Promulgada por resolución nº 340 del 02-09-58