EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº291

 

Condona la deuda de los servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza de inmuebles referidos en los Anexos I y II de la presente Ordenanza, hasta tanto los mismos cumplan los destinos de bien público que rigen en la actualidad.-

 

Dada 6/10/58

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº286

 

Artículo 1º: Autorizase al Señor Darío Pupilli, y con carácter de excepción, la construcción de la Vivienda del Plan Normalizado sita en la calle Estrada entre San Martín y 9 de Julio de esta ciudad, con modificaciones que la ajusten al Reglamento General de Construcciones.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 12/9/58

res 356

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº293

 

Refuerza las cuentas especiales “Gastos de Pavimentación Anticipados” y “Comisión Oficial de Festejos y Cultura” dentro del presupuesto de Gastos Vigente.-

 

Dada 6/10/58.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº289

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a prorrogar hasta el 10 de Noviembre del corriente año, la Ordenanza Nº 272/58.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 12/9/58

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº295

 

Modifica los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza 106/49 sobre cercos y veredas. Derogando toda disposición anterior que se oponga a la presente.-

 

Dada 6/10/58.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº292

modificada por ordenanza nº 329/59

 

Artículo 1º: Ratificase lo actuado por el Excomisionado Municipal, Sr. Daniel I. Estevez, en las transmisiones “Trevisan Aurelio o Aurelio Antonio”, su testamentería, ante el Juzgado Nº2 en lo Civil y Comercial, a cargo del Dr. Luis Francisco Bouzat, Secretaria Ramón Ferreyra García, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, Expte. 37.611/57, aceptando el legado a favor del Hogar Municipal del Anciano  “Bernardino Rivadavia”, cuyo importe definitivo asciende a la suma de “dieciocho mil cuarenta y siete Pesos con veinte centavos Moneda Nacional”.-

Artículo 2º: Autorizase al D.E a crear en los recursos extraordinarios del calculo de recursos vigente, el capítulo II, Donaciones y Legados “Donación Aurelio Trevisan”, para el hogar Municipal del Anciano “Bernardino Rivadavia” del presupuesto de Gastos vigente.- 

”Autorizase al D.E a crear en los recursos extraordinarios del calculo de recursos vigente, el Capítulo II – Donaciones y Legados – Donación Aurelio Trevisán –; y revisar la partida Capítulo II – D.E – Inciso II, Item II, Subsidios, creando la partida III – Donación Aurelio Trevisán -  para el Hogar Municipal del Anciano Bernardino Rivadavia, del presupuesto de Gastos Vigente.-"  

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 6/10/58