EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº279

 

Artículo nº1: Modificase la Resolución nº 94/57 que establece el 4º radio y subsiguientes para las construcciones del tipo denominado “Proyecto Normalizado” mediante el sistema de Créditos otorgados por el Banco Hipotecario Nacional, en la forma que se indica en el artículo 2º de la presente Ordenanza.

Artículo nº2: Establecese como zona permitida para la construcción de viviendas del tipo denominado “Proyecto Normalizado” la correspondiente al exterior del siguiente perímetro: Av. Colón desde Quintana a Villanueva, Villanueva desde Colón a Buchardo, Buchardo desde Rosales a Pueyrredón, Pueyrredón desde Rosales a Bdo. de Irigoyen , Bdo. de Irigoyen  desde Pueyrredón  a Estrada, Estrada desde la vía del Ferrocarril Nacional a 9 de Julio, 9 de Julio desde Estrada a Buchardo, Buchardo desde 9 de Julio a Quintana y Quintana desde Buchardo a Av. Colón.

Artículo nº3: Las construcciones que se ejecuten fuera de la zona mencionada, deberán cumplir con la altura de locales que establece el Reglamento General de Construcciones.

Artículo nº4: De forma.

 

Promulgada por Resolución nº 296 del 23/7/58