EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.157 


Artículo 1º: Convalídase el Convenio suscripto por la Municipalidad de Coronel Rosales y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, referido al cobro de las cuotas de pago por las unidades construidas en el Distrito de Coronel Rosales y la utilización de esos fondos y alcances conforme lo establece el Convenio suscripto en todos sus Artículos.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.158 


Artículo 1º: Modifícase el Artículo 197º de la Ordenanza 1403 (Estatuto y Escalafón del Personal Municipal), el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 197º: De acuerdo a lo determinado en el Artículo 40º del presente Estatuto, el agente municipal que se desempeñe como cajero, que habitualmente maneje fondos o valores, tendrá una compensación mensual en concepto de “Fallo de Caja”, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo de la categoría diecinueve (19) (jornada de treinta (30) horas semanales). En los casos que no se abonen “Fallo de Caja” y los trabajadores percibieren cobranzas o efectua-ren pagos en efectivo, el Municipio se hará cargo de los eventuales quebrantos, siempre que el agente justifique la pérdida.

Artículo 2º: Los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza se imputarán a la Partida 1-1-1-3-8-0 del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.159 


Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Asuntos agrarios y Pesca, los Convenios de prórroga del Convenio aprobado por Resolución VII Nº 178/83, con la modificación de la cláusula 2º del mismo según fojas 2 y 3 del presente, para la realización de tareas inherentes a la conservación de suelos en el Distrito “Cuencas Bahienses”, por los períodos comprendidos entre julio del año 1989 a julio de 1990 y desde julio de 1990 a julio de 1991.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINA-RIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIEN-TOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.160 


Autorizando a la Cooperativa Eléctrica, a incrementar tarifas.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.161 


Estableciendo mecanismos para la preadjudicación de viviendas construidas en el Distrito de Coronel Rosales, por Convenio con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, procedimiento de inscripción y puntaje.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.162

modificada por ordenanza nº 2242

(DEROGADA POR RODENANZA Nº 3509)


Autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar la subdivisión de la parcela propiedad Municipal identificada catastralmente como Circunscripción VII, Chacra 1047 c., parcelas que serán cedi-das a entidades de bien público.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.163 


Fijando para el Personal Municipal, la escala salarial.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.164 


Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal a la Fiesta de la Soberanía Nacional.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.165 


Ampliando el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.166 


Modificando el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 2.074, según texto de la Ordenanza Nº 2.126, referente a sistema de facilidades de pago.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.167 


Estableciendo para el personal encuadrado dentro de la Ordenanza 1.403, una remuneración no bonificable.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.168 


Artículo 1º: Acéptase la donación de un (1) ómnibus marca Chevrolet 1970 - CD 5220002, seis cilindros en línea, 825 x 20 chasis T-202908, motor A-25D-11815, Patente 340.000, en condiciones de rezago, efectuada por el Estado Mayor General de la Armada.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.