EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.159
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Asuntos agrarios y Pesca, los Convenios de prórroga del Convenio aprobado por Resolución VII Nº 178/83, con la modificación de la cláusula 2º del mismo según fojas 2 y 3 del presente, para la realización de tareas inherentes a la conservación de suelos en el Distrito “Cuencas Bahienses”, por los períodos comprendidos entre julio del año 1989 a julio de 1990 y desde julio de 1990 a julio de 1991.
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINA-RIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIEN-TOS NOVENTA.