Ordenanza nº426
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº426
Autorizando a reforzar en el presupuesto de gastos una partida.-
Dada 5/9/60.-
res 159
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº426
Autorizando a reforzar en el presupuesto de gastos una partida.-
Dada 5/9/60.-
res 159
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº422
modificada por ordenanza nº 443/60
modificada por ordenanza nº 493/61
Crease la Comisión de Acción Cultural y Educativa de la M.C.R.-
DEROGA LA ORDENANZA Nº 193
derogado art. 10
Dada 22/9/60.-
res 151
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 429
ratificada por ordenanza 595/64
Artículo 1º: Declárase a la Municipalidad del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, adherida al régimen de la Ley Provincial Nº 6.055/59, por la que se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir los establecimientos sanitarios de su dependencia a las Municipalidades de la Provincia.
Artículo 2º: Esta comuna mantendrá el régimen de la carrera médico hospitalaria establecido por Decreto-Ley Nº 3.265/56, con respecto al Personal Profesional y el Estatuto del Personal de la Administración Pública, para el personal auxiliar que revista a la fecha de transferencia.
Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para celebrar con el Poder Ejecutivo de la Provincia los respectivos convenios de transferencia dentro de las condiciones establecidas por la mencionada Ley y en la reglamentación pertinente.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 165 DEL 13/9/60.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 425
Artículo 1º: Autorizase al D.E para invertir hasta la suma de diez mil Pesos Moneda Nacional, para hacer frente a los gastos de escrituración que deberá efectuarse a favor de esta comuna, con relación a los lotes 11, 12 y 13de la Manzana “B”, Quinta 21 del ejido de esta ciudad.-
Artículo 2º: Los referidos gastos deberán imputarse a la cuenta Capítulo II, Inciso II, Item 2, “Gastos Generales” del presupuesto de gastos vigente.-
Artículo 3º: De forma.-
Dada 25/8/60.-
res 155
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº430
Autoriza a designar 10 Inspectores “Ad-Hoc”, que tendrán a su cargo el contralor de las funciones derivadas del Poder de Policía que la Ley Orgánica de las Municipalidades acuerda a la autoridad comunal.-
Dada 13/9/60.-
res 166
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº427
Deja sin efecto la adjudicación del Señor Salvador Brugaletta de un camión marca “Internacional”, en razón de que la operación no ha sido formalizada por carecer el propietario de la documentación reglamentara del referido vehículo.-
Deroga toda disposición anterior que se oponga a la presente ordenanza.-
Dada 5/9/60.-
res 160