EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 425

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E para invertir hasta la suma de diez mil Pesos Moneda Nacional, para hacer frente a los gastos de escrituración que deberá efectuarse a favor de esta comuna, con relación a los lotes 11, 12 y 13de la Manzana “B”, Quinta 21 del ejido de esta ciudad.-

Artículo 2º: Los referidos gastos deberán imputarse a la cuenta Capítulo II, Inciso II, Item 2, “Gastos Generales” del presupuesto de gastos vigente.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 25/8/60.-

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