EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº502

 

Artículo 1º: Exímese del pago de las tasas fijadas para los Capítulos  I, II, III y IV de la Ordenanza Nº 453/60, a la propiedad ubicada en la calle Roca y Urquiza de esta ciudad, ocupada por el Colegio Nacional.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 30/8/61.-

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