EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº503
Artículo 1º: Exímese del pago de derechos de cementerio, establecidos en la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente que, correspondan abonar por el cadáver del que en vida fuera José Antinori.-
Artículo 2º: El D.E dispondrá el reintegro que por tal concepto han abonado los hijos del causante.-
Artículo 3º: De forma.-
Dada 13/9/61
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