EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 501

 

Artículo 1º: Exímese al Club Rosario Puerto Belgrano de esta ciudad de los derechos de mensura y fraccionamiento establecidos en el Capítulo XX de la Ordenanza General Impositiva Vigente, que corresponden al inmueble ubicado en la circunscripción VI, sección B, quinta 37, de Punta Alta.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 30/8/61

res 154