EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 501
Artículo 1º: Exímese al Club Rosario Puerto Belgrano de esta ciudad de los derechos de mensura y fraccionamiento establecidos en el Capítulo XX de la Ordenanza General Impositiva Vigente, que corresponden al inmueble ubicado en la circunscripción VI, sección B, quinta 37, de Punta Alta.-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 30/8/61
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