EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 663
Artículo nº1: Prohíbese el estacionamiento de toda clase de vehículos en la calle Colón entre Rosales y Alberdi, desde las 06:00 a las 07:00 horas.
Artículo nº2: Prohíbese el estacionamiento de toda clase de vehículos sobre el lado derecho (números impares) en la calle Alberdi entre Colón y Humberto 1º pudiendo hacerse únicamente sobre el lado izquierdo (números pares).
Artículo nº3: El Departamento Ejecutivo dispondrá la fijación de carteles indicadores en los tramos citados con las disposiciones de la presente Ordenanza.
Artículo nº4: Comuníquese al D. E. para su conocimiento y demás efectos. Resérvese en Secretaría hasta su promulgación. Promulgada, archívese.
Promulgada por Resolución nº 120/1965