EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 661

 

Artículo nº1: Autorízase al D. E. a transferir en carácter de donación al Punta Alta Radio Club, entidad que desarrolla sus actividad de acuerdo al Decreto Ley 16118/961 una fracción de terreno de 10 metros de frente sobre calle Colón y 20 metros de fondo lindando con el lote cedido al Ministerio de Obras Públicas, con un total de 200 metros cuadrados de superficie, correspondiente a la Chacra I, sin título, y parcela 3, sin nomenclatura catastral de la Provincia de Buenos Aires, propiedad de este Municipio.

Artículo nº2: La fracción de terreno a que hace referencia el artículo nº1, debe ser destinada exclusivamente para que el Punta Alta Radio Club erija en el mismo su propia sede e instale su estación oficial, cuya característica es LU6DG y desarrolla su actividad de Interés Nacional de acuerdo al Decreto Ley 16118/961.

Artículo nº3: La cesión dispuesta en el artículo nº1 de la presente Ordenanza queda condicionada a que el Punta Alta Radio Club comience la construcción de su sede dentro de los tres años subsiguientes a la fecha de promulgación de esta Ordenanza. El incumplimiento de lo dispuesto precedentemente decretará automáticamente la anulación de la cesión y el inmueble de referencia deberá reintegrarse al patrimonio municipal.

Artículo nº4: Queda asimismo establecido que hasta tanto el Punta Alta Radio Club no cuente con Personería Jurídica, en caso de disolución de la entidad, el inmueble y la obra realizada pasarán automáticamente al patrimonio municipal.

Artículo nº5: Los gastos que demanden la escrituración y transferencia a favor del Punta Alta Radio Club se ajustarán a las disposiciones legales en vigencia.

Artículo nº6: El D. E. por intermedio de su Oficina Técnica correspondiente confeccionará el plano de subdivisión a los efectos de su incorporación al catastro de la provincia de Buenos Aires.

Artículo nº7: Comuníquese al D. E. para su conocimiento y demás efectos. Dese a cono9cer a la entidad interesada. Resérvese en Secretaría hasta su promulgación. Promulgada, archívese.

 

Promulgada por Resolución nº 115/1965