EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº497
Artículo 1º: Destinase a la Dirección del Hospital Municipal de Coronel Rosales, la suma de cuarenta y dos mil Pesos Moneda Nacional, para que se liquide con carácter de anticipo de haberes correspondientes al mes de Julio de 1961, la cantidad de tres mil pesos Moneda Nacional a los agentes que prestan servicios en el mencionado establecimiento y que han sido dados de alta el 1º de Julio de 1961.-
Artículo 2º: Los fondos necesarios para atender dicha erogación serán tomados de la cuenta especial “Subsidio Provincial – Ministerio de Acción Social”.-
Artículo 3º: En oportunidad de recibir la Dirección del Hospital Municipal de Coronel Rosales, la partida de Sueldos del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires que corresponde a los interesados, procederá a reintegrar a esta Comuna la suma anticipada, para ser incorporada a la cuenta especial de origen.-
Artículo 4º: De forma.-
Dada 30/8/61.-
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