EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº496

 

Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, el estacionamiento de vehículos en general en la calle Urquiza desde Murature hasta Colón, se realizará solamente junto al cordón de las aceras de numeración par, con excepción de los vehículos afectados al transporte de pasajeros, en la circunstancia de ascenso y descenso de pasaje.-

Artículo 2º: Las infracciones a las disposiciones del Artículo 1º serán penadas de acuerdo a las multas que fija el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 3º: Deróguese toda otra disposición que se oponga a la presente.-

Artículo 4º: De forma.-

 

Dada 18/8/61.-

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