EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº325
En todas las tramitaciones que se realicen ante esta comuna, donde se requiera la actuación de profesionales comprendidos en las leyes 4.048 y 5.140, será obligatoria la presentación de los respectivos contratos de trabajo, por triplicado y según modelo Nº1, debidamente estampillados conforme a las tasas impositivas vigentes en la Provincia.-
Dada 11/12/58.-
Apéndice Legislativo
Ley 4048
Ley 5140