EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº325

 

En todas las tramitaciones que se realicen ante esta comuna, donde se requiera la actuación de profesionales comprendidos en las leyes 4.048 y 5.140, será obligatoria la presentación de los respectivos contratos de trabajo, por triplicado y según modelo Nº1, debidamente estampillados conforme a las tasas impositivas vigentes en la Provincia.-

 

Dada 11/12/58.-

Apéndice Legislativo

Ley 4048

Ley 5140