EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº324
Autorizase al D.E a invertir hasta la suma de treinta mil Pesos Moneda Nacional con destino al desenvolvimiento de las actividades de la comisión económica de abastecimiento, previstas en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 311/58.-
Dada 11/12/58.-