EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 284 bis
Artículo 1º: Adóptese como Escudo Oficial del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, el Proyecto cuya copia fotográfica corre a fs. 22 del Expte. 2200-12817/56 Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y que con su memoria descriptiva de fs. 20 responde a las siguientes características:
a) Ovalo de dos campos transversales, azulado el superior, verde mar el inferior.
b) Sobre la línea del campo superior en su centro, un médano amarillento en cuya punta se posa un cañón antiguo. A ambos lados de dicho médano dos pequeñas elevaciones. Viniendo del campo inferior, sobre una vara en primer plano respecto al médano y cañón y encima de éste, un gorro frigio y distribuida en ambos lados la Cruz del Sur.
c) En el campo inferior, a izquierda, una proa gris de donde pende una cadena. Saliendo del punto medio de la proa una botamanga blanca y mano estrechando a otra en botamanga negra que sale a la derecha detrás de dos espigas de trigo, un engranaje y un yunque. Ambas manos sostienen la vara referida en el inciso b).
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 342 DEL 02/09/58.