EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 224
Artículo 1º: Autorizase al D.E a donar a la Sociedad de Beneficencia de Punta Alta, todos los muebles y útiles existentes en el local de la Asistencia Pública de Punta Alta, y no sean necesarios al Hospital Regional Menor.-
Artículo 2º: El D.E efectuará un inventario de los muebles que se donan.-
Artículo 3º: De forma.-
Dada 17/4/52
res 56/52