EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 140

 

Exime de todo impuesto de derechos de construcción a los propietarios de viviendas cuyas construcciones no sobrepasen los sesenta metros cuadrados de superficie cubierta y sean habitadas exclusivamente por sus propios dueños.-

 

Dada  19/5/50.-

res  51/50   

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº141

 

Eximiendo al Club Rosario Puerto Belgrano del Pago de Impuestos.-

 

Dada 2/6/50.-

res 52/50

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº142

modificada por ordenanza nº 172

 

Prohibe el tránsito de vehículos en la calle Irigoyen entre Humberto Iº y 25 de Mayo, los días Sábados, Domingos y Feriados durante los meses de Abril a Septiembre, en los horarios que detalla.-

 

Dada 2/6/50.

res 53/50

Observaciones: Sin Vigencia.-
Ultimo régimen sancionado en Ordenanza 2835.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº143

derogada por ordenanza nº 406

 

Régimen de disposiciones relacionadas con el uso de la Vía Pública, Tránsito, Estacionamiento, Registro de Conductor, Vehículos de Carga,  Penalidades, etc.

 

Dada 19/5/50

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
 
ORDENANZA Nº 144
 
 
Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, establécese como verdadero  nombre de Juan José Paso, para la calle actualmente señalada en el plano del ejido de Punta Alta, con la designación de Juan José Passo.
 
Artículo 2º: En toda presentación ante este Municipio, en lo sucesivo será obligatoria la aplica-    ción del nombre aludido.
 
Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para tomar las medidas necesarias para el me- jor cumplimiento de la presente.
 
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
 
 
DADA EL 16/06/50
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 67/50.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
 
ORDENANZA Nº 145
 
Artículo 1º: Autorízase al Centro de Retirados de la Armada nacional a erigir un monolito en el cementerio local, cuyos planos y ubicación serán convenidos entre los solicitantes y el Departamento Ejecutivo.
 
Artículo 2º: Desígnase con el nombre de Rastreador Fournier a la calle actualmente sin nombre circunscripta por las calles Avellaneda, Pellegrini, Pueyrredón y San Martín, de Punta Alta.
 
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo autorizará la instalación de placas en el monolito y la calle Rastreador Fournier, con los motivos y leyendas que convenga con los solicitantes.
 
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
 
 
DADA EL 30/06/50.
PROMULGADA POR RESOLUCION 70/50