EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 140
Exime de todo impuesto de derechos de construcción a los propietarios de viviendas cuyas construcciones no sobrepasen los sesenta metros cuadrados de superficie cubierta y sean habitadas exclusivamente por sus propios dueños.-
Dada 19/5/50.-
res 51/50