EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 140

 

Exime de todo impuesto de derechos de construcción a los propietarios de viviendas cuyas construcciones no sobrepasen los sesenta metros cuadrados de superficie cubierta y sean habitadas exclusivamente por sus propios dueños.-

 

Dada  19/5/50.-

res  51/50