EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.340
derogada por ordenanza nº 4273
Corresponde Expediente C-251/92.-
Artículo 1º: (Modificada por Ord. 3051 y por Ordenanza 3290) Conformase una “Comisión Permanente de Seguimiento de la Situación del Personal Civil de las Fuerzas Armadas, y de la Actividad Productiva Integral del Área Naval Puerto Belgrano”, integrada por:
• Sr. Intendente Municipal
• Sr. Presidente Honorable Concejo Deliberante
• Un Concejal por cada uno de los Bloques que componen el Honorable Concejo Deliberante
• Un representante de P.E.C.I.F.A.
• Un Representante de A.T.E.
• Un representante de A.P.C.J.
• Un representante de U.P.C.N.
Articulo 2º: El objetivo de la Comisión será la búsqueda permanente de optimización del ángulo de petición del sector hacia las Autoridades Gubernamentales y Funcionarios Políticos Nacionales y/o Provinciales.-
Articulo 3º: Elévanse radiogramas incluyendo los Vistos y Considerandos a:
- Presidencia de la Nación.
- Ministerio de Defensa.
- Comisión de Defensa de la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Nación.
- Gobernación de la Provincia de Buenos Aires.
- Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 4º: La Presidencia del Honorable Concejo Deliberante emitirá el correspondiente Decre- to designando a los Sres. Concejales integrantes de la Comisión.
Articulo 5º: Comuníquese por Presidencia del Honorable Concejo Deliberante el contenido de la presente Resolución al Departamento Ejecutivo Municipal y Autoridades del Area Naval Puerto Belgrano, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Articulo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.