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1992

Ordenanza nº2324

Detalles
norberto
1992
09 Marzo 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.324 

 

Artículo 1º: Designar como integrante de la Comisión Administradora del Hogar Municipal del Anciano, conforme lo normado por el Decreto Nº 45/56, a las personas que se nominan a continuación:

POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO:

Sra. Elba TOTORO de TORRES                    L.C. 4.090.199          Rivadavia 530
Sra. Rosa PINARELLO de FERAN                L.C. 3.767.124           Dorrego 213
Sra. Olga QUIROGA                                   D.N.I. 4.793.843        2 de Julio 726
Sra. Norma GABRILCO                               D.N.I. 5.073.996        9 de Julio 675
Sr. Néstor A. GIORNO                                D.N.I. 5.508.758        9 de Julio 675

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

Ordenanza nº2325

Detalles
norberto
1992
09 Marzo 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.325

                                                                                Corresponde al Expte. H-153/92.

 

Artículo 1º: Modifíquese el Anexo IV "Detalle Analítico de Sueldos Individuales" del Presupuesto  vigente, de la siguiente manera:

- Auxiliares de Bloque, sin estabilidad................11 cargos.

Artículo 2º: La presente Ordenanza será reglamentada, por este Honorable Cuerpo, en un plazo de quince (15) días hábiles, a partir de la sanción de la misma.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo, a realizar las adecuaciones necesarias a fin    de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Primero. 

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CUERPO EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

Ordenanza nº2326

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norberto
1992
09 Marzo 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.326


Artículo 1º: Prorrogar por el término de tres (3) años la Ordenanza 1883, que autoriza a la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal el Derecho de Uso y Ocupación Gratuita del edificio sobre la calle Mitre y destinado al rubro kiosco.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

 

Ordenanza nº2327

Detalles
norberto
1992
09 Marzo 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.327 

 

Ordenanza ajustando a partir del 1º de agosto de 1992, las asignaciones familiares.

 

 

Ordenanza nº2328

Detalles
norberto
1992
09 Marzo 2026
Visitas: 0

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.328 

 

Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo, ordenará a la Empresa adjudicataria de la obra “Desagües Pluviales en Ciudad Atlántida”, transportar el suelo sobrante de la excavación de los con-ductos de desagües hasta la zona próxima al ex - varadero de Puerto Rosales, donde por medio de máquinas viales Municipales se procederá a empujar dicho aporte de suelo en dirección hacia donde se encuentran fondeados los “cajones de hormigón armado” hasta que dicho relleno iguale el nivel del terreno existente.

Artículo 2º: La Municipalidad volcará en dicho lugar todos los materiales inertes no contaminantes extraídos a sobrantes del ejido urbano en ese lugar, a los fines de recuperar el mayor espacio al mar.

Artículo 3º: Todo el terreno recuperado mediante el aporte expresado en los Artículos 1º y 2º, serán destinados a playa de estacionamiento, dejando libres los espacios que actualmente se destinan a tal fin.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo procederá a imputar los gastos de jornales y combustibles a las Partidas 1.1.1. y 1.1.2.2. respectivamente.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

 

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