EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.302

 
Artículo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice las gestiones necesarias ante la Jefatura de Distrito Vías y Obras Bahía Blanca Noroeste y/o Super Intendencia de Tránsito de la Línea General Roca de Ferrocarriles Argentinos, a efectos de convenir, "Ad referéndum" del H.C.D, la cesión a este Municipio del tanque elevado con capacidad de 45.000 litros y bomba, ubicados en la Estación Ferroviaria de Bajo Hondo para destinarlo como depósito del agua tratada por el módulo corrector de flúor, instalado en dicha localidad.

Artículo 2º: Ejecutado lo establecido en el Artículo 1º, autorízase a realizar la obra de unión por  cañería del módulo corrector y tanque elevado, según croquis adjunto en Anexo I.

Artículo 3º: Formen parte de la presente Ordenanza los Vistos y Considerandos, el Anexo I (croquis) y Anexo II (copia de la Ordenanza Nº 2.263).

Artículo 4º: Los gastos que demande la instrumentación de la presente norma, presupuestese  en la partida correspondiente del Cálculo de Gastos y Recursos del ejercicio 1992.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.