EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.112 


Artículo 1º: Ratifícase el Convenio suscripto, el día 12 de mayo,  por el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Antonio F. Cafiero y el Señor Intendente Municipal Dn. Néstor Alberto Giorno, relacionado con el Plan Provincial de Autogestión Constructiva para la realización de 10 viviendas en nuestro Distrito.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.