EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.013

                                                                            Corresponde al Expte. PJ-9/89.


Artículo 1º: Prohíbese el estacionamiento entre las 6,30 Hs. y 20,00 Hs., de los días hábiles, a los vehículos de cualquier tipo, con excepción de los de uso oficial y/o autorizados especialmente, en la calle Murature entre Mitre y Rivadavia 
a)- Sobre número par: en toda su calzada.
b)- Sobre número impar: entre los números 535 y 561 inclusive.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo tomará los recaudos necesarios para señalización de lo dispuesto en el Artículo precedente.

Artículo 3º: Derógase toda otra Ordenanza que se oponga a la presente.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.