EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1675


Artículo 1º: Constrúyase sobre el acceso al Parque San Martín que da a las calles 9 de Julio y Avellaneda, una arcada, con la leyenda "Parque San Martín".

Artículo 2º: Para la construcción de la mencionada arcada deberá utilizarse, preferentemente, troncos rústicos naturales y una buena iluminación.

Artículo 3º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias para atender los gastos que demande la obra.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.    

 

SANCIONADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 1986. PROMULGADA POR DECRETO Nº 306-1986.