EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.541
Estableciendo, para los inmuebles de la localidad de Villa General Arias, que la prestación de los servicios de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, sean abonados por metros lineales de frente o superficie cubierta, a valores fijados para cada cuota por la Ordenanza Impositiva vigente, de acuerdo a la densidad parcelaria por hectárea y proporcionales a ella, que se detallan.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.