EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1510


Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con las entidades financieras y/o bancarias que así lo solicitaren, el convenio de percepción de Impuestos que como anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA EL 22 DE AGOSTO DE 1985. PROMULGADA POR DECRETO Nº 214-1985.