EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.447


Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones necesarias para el acogimiento al régimen de regularización y facilidades de pago dispuestos por la ley Provincial 10.425 por aportes y contribuciones adeudadas al Instituto de previsión social.- 

Artículo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las adecuaciones presupuestarias y contables que surgen como consecuencia al acogimiento de la mencionada ley.-

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL CATORCE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.