EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.400

 

Artículo 1º: Establécese para la calle Quintana el sentido de circulación descendente con respecto a su numeración en todo su trayecto.

Artículo 2º: Procédese a la señalización respectiva.

Artículo 3º: Autorízase al D.E. a efectuar los gastos que demande la presente Ordenanza con imputación a la respectiva partida del Presupuesto.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 1984. PROMULGADA POR DECRETO Nº 347-1984.