EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.305


Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo la aceptación de la donación gratuita y sin cargo de los terrenos necesarios para la confección de una rotonda en el camino de acceso a la localidad de Pehuen-Có, ubicado en la Circ. VII, parte de la Parcela 40438 y 35992, Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales por parte de la Sra. RAQUEL INES BADINO de GONZALEZ MARTINEZ.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo la aceptación de tierra y arena sin límite alguno y por el término de cuatro (4) años del predio cuya nomenclatura catastral es: Circ. VII, Sección "A", Fracción 14, Partida Nº 8339 del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, por parte de los herederos del Sr. AVELINO GONZALEZ MARTINEZ.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL QUINCE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
Promulgada Decreto Nº 165-1984.