EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 1281
Artículo 1º: Créase la Delegación Municipal en la localidad del Balneario de Pehuen-Có como órgano dependiente y delegado del Departamento Ejecutivo del Municipio de Coronel Rosales a dicha localidad.
Artículo 2º: La Delegación tendrá como finalidad el cumplimiento de todas las funciones que el Departamento Ejecutivo por Decreto Reglamentario ordene cumplir en los mismos.
Artículo 3º: A los efectos de designar a los responsables de la Delegación creada en el Artículo 1º y del personal Municipal designado a la misma, créase el cargo de Delegado Municipal de Pehuen-Có, personal de planta permanente sin estabilidad siendo facultad del Departamento Ejecutivo su nombramiento y remoción.
Artículo 4º: Fíjase al cargo de Delegado Municipal de Pehuen-Có una remuneración de Pesos Argentinos siete mil trescientos ($ a 7.300,00) mensuales.
Artículo 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a impulsar el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza la siguiente Partida: Carácter I - Administración Central -Finalidad I-Administración General Sueldos Individuales-Personal Superior, y a realizar todas las modificaciones presupuestarias pertinentes.-
Artículo 6º: Publíquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA EL 29 DE MARZO DE 1984. PROMULGADA POR DECRETO Nº 103/84.