EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1279

 

Todos los agentes municipales cesanteados a partir de la sanción de las leyes de prescindibilidad en el periodo comprendido entre el 28/6/66 y el 10/12/83 tendrán derecho a solicitar su reincorporación en igual categoría en la que revistaba al momento de su cesantía.-

 

Dada 30 de Marzo 1984.-