EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.233
Modificada por ordenanza nº 1333/84

modificada por ordenanza nº 1549

Derogada por ordenanza nº 2071/89

derogada por ordenanza nº 2067


Planos económicos, requisitos para su obtención.-

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.234


Fijando el Presupuesto General de Gastos, Ejercicio 1983.

 

SANCIONADA A LOS TREINTA Y UN  DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.235

 


Modificando, a partir del 1º de enero de 1983, los valores de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal.

 

SANCIONADA A LOS TREINTA Y UN  DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.236

 


Ratificando el Convenio suscripto entre la Municipalidad y el Ministerio de Asuntos Agrarios, para llevar a cabo un plan de conservación de suelo y agua, en el ámbito de nuestro Partido.

 

SANCIONADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.237

modificada por ordenanza nº 1396/84

 


Declarando de utilidad pública y pago obligatorio la ejecución de la obra desagües pluviales de los Barrios Atepam, Gottling y Villa Maio.

 

SANCIONADA A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.238

 

 

Fijando escala salarial para el personal municipal.

 

SANCIONADA A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.239


Artículo nº1: Modificase el artículo 2º de la Ordenanza nº 1229 de fecha 23 de marzo del corriente año, en virtud de lo expuesto en el Visto Considerando de la presente, el que quedará redacta-do de la siguiente manera:
“Artículo nº2: Designase al Sr. Agrimensor NESTOR RAUL GALLEGO, L.E. 5507193, matrícula provincial 17.256, a efectos de amojonar el terreno en el acto de efectivización de la medida ordenada en el artículo anterior quien queda facultado para llevar a cabo en nombre de este Municipio los actos necesarios para concretar la citada apertura.”

Artículo nº2: Cúmplase, regístrese y publíquese.

 

SANCIONADA 12/7/83 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.240

 

Autoriza contratar empréstito por Obras varias en el distrito.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.241

 

Donación de la MCR a favor de la Asociación Bomberos Voluntarios, de fracción de terreno que detalla, destinada a la construcción del futuro departamento de Bomberos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.242

 


Derogando los Artículos 25º y 26º, de la Ordenanza 1116 y la Ordenanza Nº 1140.

 

SANCIONADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES. 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.243

modificada por ordenanza nº 1245/83

 

Artículo nº1: Derógase la Ordenanza Municipal nº 1208/82 de fecha 9/6/82 en virtud de lo expuesto en el Visto y Considerando de la presente.

Artículo nº2: Restablécese la vigencia de la Ordenanza Municipal nº 1116/79, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero de la presente, exceptuándose los artículos 25º y 26º conforme a lo estatuido en la Ordenanza nº 1242/82

Artículo nº3: Cumplase, registrese y publiquese.

 

Sancionada el 19/08/1983

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.244

 


Modificando, a partir del 1º de enero de 1983, los valores correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la  Vía Pública y Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal.

 

SANCIONADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES.