EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.221
derogada por ordenanza nº 1353/1984
Fijando los montos para las multas establecidas para los vehículos que infrinjan los Artículos que detalla de la Ley 5.800, y la Ley 8.751.-
Deroga toda ordenanza anterior que se oponga a la presente.-
SANCIONADA A LOS TRES DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES.