EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.066 


Artículo nº1: Aceptase la transmisión mortis causa efectuada por la causante Juana Torrontegui de Castro en testamento de fecha ocho de junio de 1963 a favor del Hogar Municipal del Anciano “Bernardino Rivadavia”.

Artículo nº2: Procédese por la Dirección de contaduría de esta comuna a la realización de las gestiones necesarias para la inscripción del inmueble ubicado en la calle Pellegrini nº 239/41, de esta ciudad, identificado catastralmente como Circ VI – Sec. A – Manz. 33 – Parc. 34 y 35 – Part. 913 el cual corresponde como heredera a la Institución Municipal mencionada ut supra.

Artículo nº3: Cumplase, regístrese y publíquese.

 

SANCIONADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE.