EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 720

 

Artículo nº1: Decláranse de utilidad pública los pozos surgentes ubicados en las aceras o calzadas de la localidad de Villa General Arias.

Artículo nº2: El Departamento Ejecutivo reglamentará en el término de treinta días a partir de la promulgación de la presente, la distribución adecuada del líquido elemento surtido por los pozos surgentes establecidos en el artículo precedente.

Artículo nº3: Comuníquese al D. E. para su conocimiento y demás efectos. Dese a conocer a la Sociedad de Fomento de Villa Arias. Resérvese en Secretaría hasta su promulgación. Promulgada, archívese.

 

Promulgada por resolución nº 232/1965