EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 717
Artículo nº1: Actualízase la Ordenanza nº 588 relacionada con la eximición del 50% de todos los impuestos de Derechos de Construcción a aquellos que construyan su vivienda propia no excedente del total de 80 metros cuadrados cubiertos, la que tendrá vigencia con carácter permanente.
Artículo nº2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Resérvese en Secretaría hasta su promulgación. Promulgada, archívese.
Dada el 15/10/1965