EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 717

 

Artículo nº1: Actualízase la Ordenanza nº 588 relacionada con la eximición del 50% de todos los impuestos de Derechos de Construcción a aquellos que construyan su vivienda propia no excedente del total de 80 metros cuadrados cubiertos, la que tendrá vigencia con carácter permanente.

Artículo nº2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Resérvese en Secretaría hasta su promulgación. Promulgada, archívese.

 

Dada el 15/10/1965