EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 710

 


Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza el estacionamiento de vehícu- los en la calle Moreno entre Alem y Belgrano, será junto a las aceras de números impares y el estacionamiento en calle Saavedra entre Alvear y Belgrano junto a las aceras de números pares.

Artículo 2º: Prohíbese el estacionamiento de todo vehículo en la calle Saavedra entre Alem y Al- vear, fijándose los horarios de 6.30 a 10.00 horas y de 15.00 a 16.00 horas para las operaciones de carga y descarga de mercaderías etc., u otro motivo que requiera un tiempo de justificada estadía relativo a la función que deba cumplir.

Artículo 3º: El D.E. hará colocar carteles de estas Disposiciones en las calles mencionadas.

Artículo 4º: Las transgresiones a las Disposiciones del Artículo 1º serán reprimidas con multas    que determina el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5º: Deróganse las Ordenanzas 475 y 590 y toda otra Disposición que se oponga a la      presente.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 211/65.