EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 710
Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza el estacionamiento de vehícu- los en la calle Moreno entre Alem y Belgrano, será junto a las aceras de números impares y el estacionamiento en calle Saavedra entre Alvear y Belgrano junto a las aceras de números pares.
Artículo 2º: Prohíbese el estacionamiento de todo vehículo en la calle Saavedra entre Alem y Al- vear, fijándose los horarios de 6.30 a 10.00 horas y de 15.00 a 16.00 horas para las operaciones de carga y descarga de mercaderías etc., u otro motivo que requiera un tiempo de justificada estadía relativo a la función que deba cumplir.
Artículo 3º: El D.E. hará colocar carteles de estas Disposiciones en las calles mencionadas.
Artículo 4º: Las transgresiones a las Disposiciones del Artículo 1º serán reprimidas con multas que determina el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 5º: Deróganse las Ordenanzas 475 y 590 y toda otra Disposición que se oponga a la presente.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 211/65.