EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 633
Artículo 1º: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, modifícase el tránsito de ve- hículos en la calle Bernardo de Irigoyen entre Pueyrredon y Estrada.
Artículo 2º: El tránsito a que se refiere el Artículo 1º será de doble mano, y los vehículos circu- larán en ambas direcciones y se ajustarán a las disposiciones del Código de Tránsito vigente.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo dispondrá la colocación de flechas indicadoras y dará am- plia difusión a lo establecido en el Artículo 2º de la presente.
Artículo 4º: Derógase toda disposición que se oponga a la presente.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
PROMULGADA POR RESOLUCION Nº 26/65.