EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 565

 

Artículo nº1: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir una fracción de tierra propiedad de la Sucesión Avelino González Martínez, ubicada en la localidad de Pehuén Có, Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales, la que será deslindada luego de la mensura correspondiente a cargo de la Dirección de Obras Públicas Municipal.

Artículo nº2: La indicada fracción de tierra será destinada a la construcción de una Colonia de Vacaciones Escolares, para el alumnado de Escuelas primarias del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

Artículo nº3: Establécese que los gastos de escrituración serán totalmente a cargo de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

Artículo nº4: Destinase para cubrir la inversión que demande la adquisición dispuesta por el Artículo nº1 y los gastos establecidos en el Artículo nº3, de la presente Ordenanza, la suma de Cinco mil pesos moneda nacional (m$n 5.000,00), creándose para tal efecto en el Inciso IV Inversiones del Presupuesto de Gastos vigente el Item 5 – Inmuebles, por la suma de m$n 5.000,00, tomándose dicho importe de la cuenta Item 4 – Construcción y Ampliación de Obras y Edificios Públicos – Inciso IV – Inversiones – del mencionado presupuesto de gastos.

Artículo nº5: La Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales tomará inmediatamente posesión del terreno adquirido, procediendo a cercarlo y mejorarlo, a efectos de estar en condiciones al iniciarse los trabajos de construcción proyectados.

Artículo nº6: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a escriturar la compra de referencia y designar Escribano interviniente.

Artículo nº7: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.

 

Dada el 17/04/64