EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº505
Artículo 1º: Declárese de Utilidad Publica y sujeta a reserva de calle, la fracción de terreno que forma parte de la Quinta 24, con frente a la Calle Avellaneda, entre las de Pellegrini y 9 de Julio, correspondientes a las parcelas 2, 3 y 6, en una extensión de 289.40M por 23.90M de profundidad sin contar en esta los 8 metros para calle que corresponde ceder al hacerse la subdivisión.-
Artículo 2º: La posesión de la reserva de tierra indicada en el artículo precedente, se efectuará de acuerdo con las leyes provinciales y/o nacionales vigentes en la materia.-
Artículo 3º: De forma.-
Dada 13/9/61.-
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