EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº348

 

Artículo 1º: Autorízase al Sr. Pablo Domínguez y/o su personal de Empresa de Comisiones entre nuestra ciudad y Bahía Blanca, a estacionar o circular durante los días hábiles, por las calles y horarios que indica la Ordenanza Nº321/58.-

Artículo 2º: Esta autorización se extenderá dentro del horario fijado, por un tiempo no mayor de 45 minutos, exclusivamente para carga o descarga del o los vehículos utilizados.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 3/7/59.-