EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº270

 

Artículo 1º: Incrementase  en la suma de doce mil pesos moneda Nacional, la subvención acordada al Hogar Municipal del Anciano “Bernardino Rivadavia”, hasta el fin del corriente año, con destino al aumento de sueldos del Personal que presta servicios en dicho establecimiento.-

Artículo 2º: Los referidos aumentos serán de aplicación a partir del 1º de Mayo del corriente año y comprenderán un suplemento de trescientos pesos moneda nacional mensuales a cada agente.-

Artículo 3º: De forma.-

 

Dada 10/7/58.-

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